Tras la aprobación de la reciente Ley de Bienestar Animal, nos han llegado algunas consultas relacionadas con las obligaciones incluidas en la ley en relación a los propietarios de mascotas y su responsabilidad aseguradora.

A continuación, trataremos de aclarar una de las cláusulas más comentadas de la ley y en la que estipula que los dueños de perros deben contratar un seguro de Responsabilidad Civil (RC) y destinado a hacer frente a las posibles responsabilidades por daños causados a terceras personas, a otros animales o a los bienes propiedad de un tercero.

Según el Artículo 30.3 de la ley, se establece la obligación inequívoca para los propietarios de perros (a partir de seis meses tras su entrada en vigor) que cuenten con un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños ocasionados por sus mascotas a terceros con el objetivo de garantizar la protección de todas las partes involucradas y minimizar las consecuencias de incidentes inesperados.

Aunque los detalles específicos de las pólizas aún no se han esclarecido completamente, se espera conocer en breve los detalles relacionados con las coberturas del seguro, como la suma asegurada y límites de indemnización o si este seguro debe ser independiente del seguro de hogar.

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Algunas noticias, no confirmadas oficialmente, hablan de que será necesario contratar el seguro de forma independientes, distinto al seguro de hogar, y también se menciona un límite mínimo de 120,000 euros. Hasta ahora y en algunas zonas de España, la normativa requería un seguro para perros potencialmente peligrosos (PPP) con una cobertura de al menos 120,000 euros. En Madrid y el País Vasco, incluso los perros no clasificados como peligrosos debían estar asegurados.

Otra de las consultas que más nos han hecho tiene que ver con la confusión entre los propietarios por la diferencia entre el seguro de responsabilidad civil y el “seguro para mascotas” y que, aunque parezcan lo mismo, no lo son.

El seguro de responsabilidad civil es lo más parecido al seguro de un coche ya que cubre daños físicos y materiales causados por la mascota, como accidentes o mordeduras a terceros. Por otro lado, el seguro para mascotas se enfoca en la salud del animal que pueden incluir, entre otras prestaciones y servicios, desde los gastos veterinarios hasta la indemnización por robo o extravío o la asistencia veterinaria 24 horas.

Esta segunda modalidad suele llevar incluida “de serie” la cobertura de responsabilidad civil con la suma asegurada elegida en el momento de contratar la póliza.

Es indiscutible que nuestras mascotas forman parte integral de nuestras vidas. Con alrededor de 15 millones de mascotas en España, aproximadamente uno por cada tres habitantes, es necesario proporcionarles los mejores cuidados posibles pero también asumir la responsabilidad de su comportamiento. Además, la convivencia con nuestras mascotas en la sociedad depende del respeto mutuo por lo que el seguro de responsabilidad civil desempeña un papel esencial en este equilibrio.

Aunque los detalles todavía están por definirse, la contratación de un seguro, ya sea sólo de responsabilidad civil o que incluya coberturas más amplias (seguro para mascotas) ofrece beneficios y ventajas orientadas al cuidad de nuestros queridos animales y al bienestar colectivo.

Si quieres hacernos alguna consulta o recibir información sin compromiso sobre el seguro de responsabilidad civil o el seguro para mascotas, no dudes en contactar con nosotros

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