Las empresas que ofrecen servicios de turismo activo o turismo de aventuras deben cumplir una serie de requisitos legales además de ofrecer calidad y seguridad a los usuarios.
Para empezar, nada mejor que definir exactamente qué es turismo activo:
Se consideran empresas de turismo activo aquellas dedicadas a proporcionar, de forma habitual y profesional, mediante precio, actividades turísticas de recreo, deportivas y de aventura que se practican sirviéndose básicamente de los recursos que ofrece la propia naturaleza en el medio en que se desarrollan, sea éste aéreo, terrestre de superficie, subterráneo o acuático, y a las que es inherente el factor riesgo o cierto grado de destreza o esfuerzo físico para su práctica.
¿Y por qué un seguro? Lo siguiente en preguntarnos es ¿y para qué lo necesito?
Cuando hablamos de los seguros que necesita una empresa de turismo activo habitualmente nos centramos en aquellos que son obligatorios (responsabilidad civil, accidentes, asistencia). Es por su obligatoriedad que las empresas los anteponen a cualquier otro planteamiento en cuestión de seguros.
¿O realmente no es así? Damos por hecho que estos seguros se contratan por ser obligatorios, pero esto solo les da un tratamiento de preferencia, pues si no, ¿por qué se contratan estos seguros en aquellas Comunidades Autónomas que no tienen legislado nada al respecto? (a pesar de que la primera legislación en materia de turismo activo en España data de hace 30 años, todavía hay Comunidades Autónomas donde sigue sin regularse esta actividad)
Existe un interés anterior a la legislación por parte de las empresas de turismo activo por asentarse como negocio y perdurar en el tiempo.
Este interés es el que ha favorecido la relación entre Aseguradora y cliente/empresa de turismo activo más allá de los seguros de carácter obligatorio en beneficio de la consolidación de la empresa.
Así se empieza a considerar la póliza de seguro no como un fin en sí misma, documento necesario para obtener nº de registro, sino como una herramienta que dote a la empresa de estabilidad y respaldo suficiente para mirar al futuro, una fórmula para articular las relaciones con clientes, participantes en las actividades que desarrolla la empresa y con la Administración.
En todo esto existe un ejercicio previo de reflexión por parte del empresario. No solo respecto al art. 1902 del código civil (el que causa un daño viene obligado a repararlo…) que ya por sí solo pone en serios apuros a la empresa, sino en cuanto a la estructura de la propia empresa, dependencia de la empresa respecto al personal que la compone etc.
Nos centraremos en analizar más profundamente los seguros de responsabilidad civil, accidentes o asistencia que por su carácter obligatorio afectan a la empresa y a sus clientes de manera decisiva.
No debemos perder de vista el carácter proteccionista que mantiene la Administración a favor de los turistas, usuarios de esos servicios e instalaciones. Si consideramos tres partes intervinientes, Empresa, Cliente y Administración, ¿realmente miran hacia la póliza de seguro buscando lo mismo?, ¿le piden lo mismo desde cada una de sus posiciones?
Aunque los motivos en que se funda el interés que cada una de las partes pueda tener respecto a estos seguros sean diversos, al final podemos ver que son solo matices lo que separa la interpretación de las pólizas y que el resultado nos sirve para definir una sola póliza de seguro que satisfaga a todos. Un aspecto importante en el desarrollo de estas actividades es la seguridad.
Si consideramos este concepto como una pregunta frecuente, y la formulamos a cada parte podemos obtener las siguientes respuestas, que empiezan a configurar los contratos de seguro:
¿Qué le pide en cuanto a seguridad la empresa a la póliza de seguro?
– Dotar a la empresa de capacidad económica para responder ante un siniestro. Que no afecte al patrimonio personal de los socios de la empresa, que en ocasiones no sería bastante para responder ante un siniestro grave. Garantía de estabilidad, si ocurre una desgracia con un participante en actividades, esto no supondrá el cierre definitivo de la empresa por no poder afrontar sus consecuencias económicas.
– Que cubra la actuación de todo su personal, fijo o eventual.
– Incluso que cubra la responsabilidad que pueda derivarse hacia la empresa por actividades cedidas o subcontratadas a otros profesionales o a otras empresas, tanto la responsabilidad civil subsidiaria como la responsabilidad civil solidaria que se determine en un juzgado.
Y la Administración, ¿qué pide respecto a seguridad a una póliza de seguro?
– En su faceta más proteccionista, la Administración nos obliga a establecer el mecanismo que garantice una indemnización a favor del usuario ante un siniestro provocado por la empresa.
– Que de la solvencia suficiente a una empresa para que en caso de accidente no afecte al sector, que cada vez con más fuerza se posiciona como motor de economía.
¿Y el cliente, participante en las actividades?
– Que la empresa sea capaz de responder de forma inmediata en caso de que pase algo.
– Que no sea obstáculo donde se contrate la actividad, donde se desarrolle, ni qué actividad se realice.
Esto se solventa con un seguro de responsabilidad civil con cobertura lo bastante amplia para que podamos hacer frente a un siniestro importante. Dará capacidad a la empresa para responder ante un siniestro del que sea responsable, permitiendo que la empresa siga con su actividad, no afectará de manera drástica al sector, cumplimos con la ley y el cliente tiene la certeza de haber contratado a una empresa seria y solvente.
Otro aspecto sería cumplir con la Ley:
Las pólizas de seguro deben poder adaptarse a los criterios específicos de cada Comunidad Autónoma.
Con los seguros de accidentes y asistencia se trata de cubrir los daños personales que puedan sufrir los usuarios de una actividad de turismo activo. No debemos olvidar que estamos hablando de turistas, no de deportistas, que una empresa de turismo activo vende sensaciones, experiencias, no riesgo al límite.
Por que calidad y seguridad deben ser prioritarias para cualquier empresa que se dedique al turismo de aventura.
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